GRUPO JUAN PADRÓN
BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN
“50 Aniversario Grupo Juan Padrón · HolidayWorld”
1. Empresa organizadora
La presente promoción es organizada por Punto Zero Centros de Ocio, S.A.U. (en adelante, “Grupo Juan Padrón” o “la Empresa”), con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, C/Suárez Naranjo, 45, 35004, a través de su unidad de negocio HolidayWorld, con motivo de la celebración del 50 aniversario del Grupo Juan Padrón.
2. Objeto de la promoción
La promoción tiene como finalidad conmemorar el 50 aniversario del Grupo Juan Padrón, ofreciendo a los clientes de HolidayWorld la posibilidad de participar en una Ruleta de Premios y optar a un premio final, con motivo de sus compras en las unidades de negocio participantes.
3. Ámbito territorial y duración
3.1. Ámbito territorial: instalaciones de HolidayWorld (avenida Touroperador Tui, s/n, Campo Internacional de Maspalomas, 35100, San Bartolomé de Tirajana).
3.2. Duración de la promoción: se podrá participar en la promoción desde el jueves 1 de octubre de 2026 hasta el domingo 1 de noviembre de 2026, a las 23:59h., ambos inclusive (el “Periodo Promocional”).
3.3. Duración del periodo de canje de premios de la ruleta de premios: hasta el 31 de enero de 2027 a las 23:59h (a excepción de las entradas para la casa del terror que tendrá lugar los días 31 de octubre y 1 de noviembre de 2026).
3.4. Grupo Juan Padrón se reserva el derecho de ampliar, reducir o modificar el Periodo Promocional, comunicándolo con antelación suficiente a través de los canales habituales de la promoción.
4. Unidades de negocio participantes
Parque de atracciones, Bolera, Karaoke y Escape Room. La Zona de Restauración u otras zonas del recinto no forman parte de las unidades de negocio validables para la participación, si bien puede actuar como punto de canje de determinados premios.
5. Requisitos de participación
- Ser mayor de 18 años en el momento de la participación. La participación implica reflejar la fecha de nacimiento a la hora de participar en la promoción.
- Realizar, dentro del Periodo Promocional, una compra de un importe mínimo de 10€ en cualquiera de las unidades de negocio participantes.
- Conservar el ticket o recibo de compra original hasta la validación de su participación.
- Completar el proceso de registro y validación descrito en la cláusula 6.
La promotora se reserva el derecho de solicitar a los participantes la documentación necesaria que acredite que cumplen con los requisitos de participación.
6. Mecánica de participación
6.1. El cliente deberá escanear el código QR disponible en el punto de venta de la unidad de negocio donde haya realizado su compra.
6.2. A través del formulario habilitado en la plataforma EasyPromos, el participante deberá aportar: nombre, apellidos, correo electrónico, número de teléfono, declaración de mayoría de edad y una fotografía del ticket de compra.
6.3. El ticket será validado automáticamente mediante un sistema de reconocimiento óptico e inteligencia artificial, que comprobará que el importe sea igual o superior a 10€ y que la fecha del ticket corresponda a una fecha dentro del periodo de participación en la promoción.
6.4. Por cada 10€ de importe validado en el ticket, el participante obtendrá una tirada en la Ruleta de Premios (a modo de ejemplo, un ticket de 35€ otorgará 3 tiradas).
6.5. Cada tirada otorgará, de forma inmediata, uno de los premios descritos en la cláusula 7.
6.6. Cada tirada válida otorgará además una participación en el sorteo del Premio Final descrito en la cláusula 8.
6.7. Un mismo ticket de compra solo podrá ser validado una vez. Un mismo usuario podrá participar tantas veces como tickets de compra válidos y no repetidos aporte durante el Periodo Promocional.
7. Catálogo de premios instantáneos
Los premios instantáneos disponibles en la Ruleta de Premios son los siguientes:
# | Premio |
1 | 50% descuento en entradas a Wooland Park (máximo 5 entradas con descuento) |
2 | 20% descuento en entradas a Wooland Park |
3 | 20% descuento entradas Karaoke (1 partida, máx. 15 personas, 110 min) |
4 | 20% descuento en Escape Room (1 sesión, máx. 6 personas) |
5 | 20% descuento entradas Bolera (partida de 1h, máx. 6 personas) |
6 | Agua o cerveza (a canjear en Bolera) |
7 | Ticket para Realidad Virtual (para 2 personas) |
8 | 3 entradas a la Casa del Terror |
9 | Partida gratis en Bolera (6 personas) |
10 | Partida gratis en el Holiball |
Todos los descuentos indicados se aplican sobre el precio de venta al público vigente en el momento del canje. Los premios no son acumulables entre sí, acumulables a otras promociones ni canjeables por su valor en metálico, salvo en los casos expresamente indicados en estas bases.
La asignación de los premios se realiza de forma automática a través de la plataforma EasyPromos.
8. Premio final y sorteo
8.1. Descripción del premio: fin de semana (de viernes a domingo, es decir, dos noches) en hotel de 5 estrellas para 5 personas, en régimen de media pensión, en el sur de Gran Canaria (Salobre Hotel Resort & Serenity, sito en C. Swing, s/n), con entradas a Wooland Park y una partida de bolos incluida, todo ello para el ganador y 4 acompañantes (en adelante, el “Premio Final”). Cualquier otro gasto aparte de la estancia y régimen de media pensión en el hotel correrá a cargo del ganador y sus 4 acompañantes.
8.2. Participantes en el sorteo: todo usuario que haya obtenido al menos una tirada válida en la Ruleta de Premios durante el Periodo Promocional.7 de noviembre de 2026, mediante el sistema de sorteo aleatorio certificado de la plataforma EasyPromos.
8.3. Comunicación y anuncio público del ganador: el resultado del sorteo se anunciará en directo durante la fiesta de clausura de la campaña. El nombre y los apellidos de la persona seleccionada podrán publicarse en los canales oficiales y perfiles en redes sociales de Grupo Juan Padrón y HolidayWorld como parte de la comunicación y cobertura de la promoción. La fiesta de clausura será grabada mediante fotografías y vídeos. En caso de que la persona seleccionada participe en dicho evento o en el acto de entrega del premio, su imagen y, en su caso, voz podrán ser captadas, reproducidas y difundidas en los términos y para las finalidades establecidos en la cláusula 11 de las presentes Bases. La designación tendrá carácter provisional hasta que se realicen las comprobaciones y se formalice la aceptación prevista en la cláusula siguiente.
8.4. Confirmación del premio: la persona seleccionada dispondrá de un plazo de treinta días naturales desde la fecha del sorteo, es decir, hasta el 7 de diciembre de 2026, para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases, comunicar si acepta el Premio Final o, en su caso, si opta por la alternativa económica prevista en la cláusula 8.6, y formalizar su aceptación mediante la firma de la documentación correspondiente, incluida la ratificación de la autorización de derechos de imagen. La falta de localización de la persona seleccionada, el incumplimiento de los requisitos o la falta de formalización de la aceptación dentro del plazo establecido determinarán que quede sin efecto su designación.
8.5. Si el ganador no comunica su decisión dentro del plazo de 30 días naturales indicado en la cláusula 8.5, se entenderá que renuncia al Premio Final, sin derecho a compensación alguna. En este caso, el Premio Final quedará desierto, no teniendo la empresa organizadora la obligación de designar suplentes.
8.6. En caso de haber optado por el disfrute del Premio Final, el ganador deberá proceder a su canje antes del 31 de mayo de 2027. Transcurrida dicha fecha sin haberse efectuado el canje, el ganador perderá el derecho al mismo, sin derecho a compensación alguna.
8.7. No se podrá realizar la reserva de la estancia entre los días 20/12/2026 y 06/01/2027.
8.8. El disfrute del Premio Final está sujeto a la disponibilidad del establecimiento colaborador (hotel o alojamiento) en las fechas solicitadas por el ganador. Se recomienda expresamente al ganador gestionar la reserva con la mayor antelación posible desde la aceptación del premio, con el fin de asegurar su disfrute dentro del plazo de canje establecido. Grupo Juan Padrón no se hace responsable de la imposibilidad de canjear el premio como consecuencia de una reserva tardía por parte del ganador, ni de la falta de disponibilidad del establecimiento colaborador en fechas concretas.
8.9. El canje de los premios instantáneos obtenidos en la Ruleta de Premios deberá realizarse de forma presencial, mostrando al personal del punto de canje correspondiente la pantalla de la aplicación en la que se muestra el premio obtenido. Los puntos de canje habilitados son los siguientes: las taquillas de las unidades de negocio Parque de atracciones, Karaoke, Bolera y Escape Room; el punto de venta de la Bolera, para el premio de agua o refresco; el punto del Holiball; el punto de Realidad Virtual; y el punto de la Casa del Terror, este último disponible únicamente los días 30, 31 de octubre y 1 de noviembre.
9. Plazos de canje
9.1. Premios instantáneos (cláusula 7): podrán canjearse hasta el 31 de enero de 2027 (a excepción de las entradas para la casa del terror que tendrá lugar el 30, 31 de octubre y el 1 de noviembre).
9.2. Premio Final: sujeto a los plazos y condiciones establecidos en la cláusula 8, con fecha límite de canje el 31 de mayo de 2027.
9.3. Transcurridos los plazos anteriores sin haberse procedido al canje correspondiente, el participante perderá el derecho al premio, sin derecho a compensación alguna.
10. Fiscalidad
De conformidad con la normativa fiscal vigente, los premios cuyo valor de mercado supere los 300€ estarán sujetos a retención e ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiendo a la Empresa la práctica de dicha retención y su declaración ante la Agencia Tributaria. La Empresa informará al ganador del Premio Final de las implicaciones fiscales aplicables en el momento de la comunicación del premio.
11. Protección de datos
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se facilita la siguiente información:
Responsable: PUNTO ZERO CENTROS DE OCIO, S.A.U., (en adelante HolidayWorld) con NIF A35604396. Dirección postal: calle Suárez Naranjo, 45, C.P. 35004, Las Palmas de Gran Canaria, España. Teléfono: 928 730 498. Correo electrónico: info@grupojuanpadron.com.
HolidayWorld tratará la información facilitada con la finalidad de gestionar la participación en la promoción “50 Aniversario HolidayWorld”, incluyendo el registro de los participantes, la comprobación del cumplimiento de las presentes Bases, la validación de los tickets de compra mediante la plataforma habilitada, la asignación y canje de los premios instantáneos, la realización del sorteo final, el contacto con los participantes y la gestión de la aceptación, entrega y disfrute del Premio Final, incluido el cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales correspondientes.
Publicación del resultado y derechos de imagen: La presente promoción tiene entre sus elementos esenciales la comunicación pública de su resultado y la difusión de las actividades directamente vinculadas a la celebración de su 50 aniversario. En consecuencia, mediante la aceptación de las presentes Bases, el participante autoriza expresamente, para el supuesto de que resulte ganador del Premio Final, la publicación de su nombre y apellidos, así como la captación, reproducción y difusión de su imagen y, en su caso, voz, obtenidas durante la fiesta de clausura y la entrega del premio.
Estos contenidos podrán publicarse exclusivamente para informar y difundir esta promoción y su resultado en las páginas web, perfiles oficiales en redes sociales, publicaciones corporativas, material gráfico y notas informativas de HolidayWorld. Asimismo, podrán facilitarse a medios de comunicación para la cobertura informativa de la promoción y de su resultado.
Esta autorización forma parte de las condiciones esenciales de la promoción y se otorga mediante la aceptación de las presentes Bases en el formulario de inscripción. Se informa de que la publicación en redes sociales e Internet implica una difusión potencialmente mundial, pudiendo las imágenes e informaciones publicadas ser reproducidas, difundidas o reutilizadas por terceros ajenos a PUNTO ZERO CENTROS DE OCIO, S.A.U., sin que resulte posible mantener un control posterior sobre todas las actuaciones que dichos terceros puedan realizar.
La autorización se concede de conformidad con el artículo 18 de la Constitución Española y con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, sin perjuicio de su posible revocación para usos futuros en los términos previstos legalmente.
Criterio de conservación de los datos: Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para gestionar la promoción, el sorteo y el canje de los premios y, una vez finalizados, durante los plazos necesarios para atender las posibles responsabilidades legales derivadas de estos. Las imágenes de los tickets y la información obtenida de ellos se conservarán durante el tiempo necesario para validar las participaciones y resolver las posibles incidencias o reclamaciones, procediéndose posteriormente a su eliminación.
Las imágenes y demás contenidos publicados como consecuencia de la promoción podrán mantenerse mientras conserven su finalidad informativa o promocional vinculada a esta, sin perjuicio del ejercicio de los derechos legalmente reconocidos.
Legitimación: El tratamiento de los datos personales necesarios para gestionar la participación, validar los tickets, comprobar el cumplimiento de las presentes Bases, asignar y permitir el canje de los premios, realizar el sorteo, contactar con los participantes y comunicar públicamente su resultado se encuentra legitimado por la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes Bases, de conformidad con el artículo 6.1.b) del RGPD.
En relación con el nombre, imagen y, en su caso, voz de la persona ganadora, esta base jurídica se aplicará sin perjuicio de la autorización expresa de derechos de imagen otorgada mediante la aceptación de las presentes Bases, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. El tratamiento de los datos necesarios para cumplir las obligaciones fiscales y contables legalmente exigibles derivadas de la entrega de los premios se encuentra legitimado por el cumplimiento de una obligación legal, de conformidad con el artículo 6.1.c) del RGPD.
Los datos identificados como obligatorios en el formulario son necesarios para participar en la promoción y gestionar, en su caso, la adjudicación y entrega de los premios. La negativa a facilitarlos o el suministro de datos inexactos impedirá la participación o, cuando corresponda, la entrega del premio.
Comunicación de los datos: Los datos personales no se comunicarán a terceros salvo cuando resulte necesario para desarrollar la promoción, exista una obligación legal o se encuentre expresamente previsto en las presentes Bases. Los datos del ganador y, cuando resulte necesario, de sus acompañantes podrán comunicarse al hotel o a los proveedores que intervengan en la gestión y disfrute del Premio Final, exclusivamente para tramitar la reserva y prestar los servicios incluidos en este. La validación automática de los tickets podrá implicar el tratamiento de datos fuera del Espacio Económico Europeo. Estas transferencias se realizarán mediante las garantías adecuadas previstas en la normativa de protección de datos, incluidas, cuando resulte aplicable, las cláusulas contractuales tipo aprobadas por la Comisión Europea. Los participantes podrán solicitar información adicional sobre dichas garantías a través de los datos de contacto del responsable.
No obstante, una vez publicados los contenidos en redes sociales, los titulares de dichas plataformas podrán tratarlos conforme a sus propias condiciones y políticas de privacidad, incluso desde países situados fuera del Espacio Económico Europeo. Derechos que asisten al interesado: Los participantes tienen derecho a obtener confirmación sobre si PUNTO ZERO CENTROS DE OCIO, S.A.U. está tratando sus datos personales.
Asimismo, podrán ejercer, en los casos previstos legalmente, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad. Para ejercer sus derechos podrán dirigirse a PUNTO ZERO CENTROS DE OCIO, S.A.U. a través de los datos de contacto anteriormente indicados. Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es), calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, si consideran que el tratamiento de sus datos personales no se ajusta a la normativa vigente.
12. Exclusiones, fraude y limitación de responsabilidad
- Quedan excluidos de la participación en la promoción los administradores, directivos y trabajadores de Punto Zero Centros de Ocio, S.A.U. y de las restantes entidades del Grupo Juan Padrón; sus cónyuges o parejas de hecho y sus familiares por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado; así como las personas, trabajadores, empresas o colaboradores que hayan intervenido profesionalmente en el diseño, organización, difusión, gestión técnica, validación de participaciones, realización del sorteo o entrega de los premios, incluido el personal de EasyPromos y de las restantes entidades proveedoras directamente implicadas en la promoción.
- La Empresa se reserva el derecho de excluir de la promoción, en cualquier momento, a aquellos participantes que hagan un uso fraudulento o indebido de la misma, incluyendo la manipulación de tickets de compra, la duplicación de participaciones o cualquier otra conducta contraria a la buena fe.
- La Empresa no se hace responsable de las incidencias derivadas de fallos técnicos ajenos a su control, incluyendo los relativos a la plataforma EasyPromos o a los sistemas de conexión a internet de los participantes.
- Los premios están sujetos a la disponibilidad y condiciones específicas de cada unidad de negocio (aforo, horarios, temporada), que serán comunicadas al participante en el momento del canje.
- El canje de cada premio se formalizará mediante la pulsación del botón «Canjear premio» por parte del personal del punto de canje correspondiente, tras lo cual la aplicación marcará el premio como «Premio Canjeado». Una vez efectuada dicha acción, el premio quedará definitivamente utilizado y no podrá volver a canjearse, reclamarse ni sustituirse, con independencia del lugar o dispositivo desde el que se haya realizado la pulsación.
Responsabilidad de la empresa.
- La empresa promotora no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta promoción y del disfrute del premio. Consecuentemente, los participantes exoneran a la citada empresa, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de aquellas incidencias ajenas al control razonable de la empresa, de los supuestos de fuerza mayor, de las actuaciones imputables al participante y de circunstancias de terceros que no hubieran podido evitarse aplicando una diligencia razonable.
De igual forma, la empresa organizadora queda eximida de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios agraciados que impidiera su identificación.
13. Aceptación de las bases
La participación en esta promoción implica la aceptación íntegra de las presentes bases legales. Grupo Juan Padrón se reserva el derecho de resolver cualquier situación no prevista en las mismas conforme al espíritu que las inspira.
14. Modificación y cancelación
Grupo Juan Padrón se reserva el derecho a modificar o cancelar la presente promoción en caso de causa justificada, comprometiéndose a comunicar dicha circunstancia a través de los canales habituales de la promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna para los participantes.
15. Ley aplicable y jurisdicción
Las presentes bases se rigen por la legislación española, y en particular por la normativa autonómica de Canarias en materia de publicidad y promoción de establecimientos de ocio. Para cualquier controversia derivada de la interpretación o aplicación de las presentes bases, las partes se someten a los juzgados y tribunales competentes conforme a la legislación aplicable, respetando los fueros imperativos reconocidos a consumidores y usuarios.